Admisión
2020

Aquí encontrarás toda la información relacionada al Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico de este año.

Cronograma de actividades

Aprobado el 16 de septiembre de 2020.

Modificación del Cronograma de Actividades

Aprobado el 9 de octubre de 2020.

Disposiciones Complementarias

Aprobado el 16 de septiembre de 2020.

Proceso Electrónico ante CONAREME

Aprobado el 9 de octubre de 2020.

Decreto Supremo que establece disposiciones para la realización del examen escrito y adjudicación de plazas de los Residentados Médico y Odontológico del año 2020 DESCARGAR

Calificación, examen y adjudicación

Relación final de ingresantes - Concurso Nacional de Admisión 2020

Resultado Final de las Calificaciones del Concurso de Admisión 2020

Resultado de las calificaciones y relación de los postulantes observados

Acuerdos del Jurado de Admisión

Claves del Examen

Acuerdo del Jurado de Admisión

Aprobar las sedes de rendición del examen escrito del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2020:

1.- Sede Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM).
2.- Sede Universidad Peruana Cayetano Heredia (UPCH).
3.- Sede Universidad de San Martin de Porres (USMP).
4.- Sede Universidad Ricardo Palma (URP).
5.- Sede Universidad Nacional de Piura (UNP).
6.-Sede Universidad Nacional del Centro del Perú (UNCP).
7.- Sede Universidad Nacional de San Agustín (UNSA).
8.- Sede Universidad Privada Antenor Orrego (UPAO).
9.- Sede Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cuzco (UNSAAC).

Aprobar que para el caso de aquellos médicos cirujanos postulantes de la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cuzco (UNSAAC), sólo podrán rendir el examen escrito en la sede: Universidad Nacional San Antonio Abad del Cuzco.

Aprobar que los médicos cirujanos deben rendir el examen escrito en las sedes más cercanas a su lugar de residencia, de acuerdo con la siguiente distribución:  Descargar

Aprobar que, en el caso de aquellos médicos cirujanos de la Región Cuzco, del Proceso ante las Universidades, que postulen a otra Universidad, que no sea la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cuzco, rendirán el examen escrito en la sede Universidad Nacional San Agustín de Arequipa.

Aprobar, que el médico cirujano postulante al Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2020, debe presentar el Certificado Médico de Salud Física y Certificado Médico de Salud Mental, expedidos por establecimientos públicos del sector salud autorizados para tal fin; pero en el caso, de aquellas regiones, incluida Lima Metropolitana, en cuyos establecimientos públicos del sector salud se encuentre limitada o suspendida la consulta externa, el médico cirujano postulante, podrá presentar Certificado Médico de Salud Física expedido por Médico Cirujano y Certificado Médico de Salud Mental expedido por médico especialista en Psiquiatría bajo el formato de Certificado Médico emitido por el Colegio Médico del Perú.

Aprobar el Plan de Bioseguridad para su ejecución en cada sede de la rendición del examen escrito.  Descargar

Aprobar las condiciones de identificación de los médicos cirujanos postulantes al momento de la inscripción, rendición del examen escrito en las Sedes establecidas; así también, en el momento de Adjudicación de vacantes al Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2020:

  1. En el caso que el Documento Nacional de Identidad (DNI), se encuentre vencido, se ha establecido por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil ( RENIEC ) a través de la Resolución Jefatural N° 000043-2020/JNAC/RENIEC, publicada el 17 de marzo 2020, que durante el estado de emergencia, los documentos nacionales de identidad ( DNI ) se mantienen vigentes más allá de su fecha de vencimiento. 
  1. El médico cirujano postulante deberá presentarse con el Documento Original (DNI) y se deberá verificar los datos consignados en las sedes establecidas y en aquellas que cuenten Control Biométrico u otro sistema de identificación deberá emplearse dicho control para verificar la identidad.
  1. En el caso de Documento Nacional de Identidad (DNI), se encuentre extraviado, el médico cirujano postulante, deberá acreditar al momento de su inscripción, o ante la Sede establecida, el pago correspondiente por el derecho de duplicado de documento y el trámite ante RENIEC (vía electrónica o presencial) mediante ficha o impresión de la solicitud electrónica.
    De ser viable, se podrá acreditar también con el Certificado C4, (formato de inscripción en la RENIEC, que debe contar con el rostro del postulante).
  1. Hacer de conocimiento de los Equipos de Trabajo conformados en las Universidades, del Equipo de Trabajo del Jurado de Admisión y a las Sedes de Examen establecidas, de lo dispuesto a través del presente numeral.

Aprobar que, en caso los médicos cirujanos postulantes, realicen erróneamente el depósito bancario en la cuenta recaudadora del CONAREME, se realizará la devolución de lo depositado, descontando los gastos administrativos del 0.8% del valor de la Unidad Impositiva Tributaria, cuyo importe es de: S/. 34.40, determinado en la Tabla de Costos; siempre y cuando, el médico cirujano postulante, no haya hecho uso del Sistema de la Gestión de la Información del SINAREME (SIGESIN).

Aprobar que, en caso los médicos cirujanos postulantes, realicen el depósito bancario en la cuenta recaudadora del CONAREME (Proceso ante la Universidad o Proceso Electrónico de CONAREME), y no culminaron su registro o inscripción, o habiendo culminado no continúan en todas las etapas del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2020, e hicieron el uso del Sistema de la Gestión de la Información del SINAREME (SIGESIN), para efectos de su registro de datos o su inscripción al Concurso Nacional 2020; en estos casos, no se realizará devolución de dinero al médico cirujano postulante, al haberse utilizado el sistema informático.

Aprobar la participación al Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2020, de aquellos médicos postulantes, que han obtenido títulos otorgados a nacionales o extranjeros, con motivo de acuerdos, tratados y convenios bilaterales, celebrados por el Perú con otros países:

  • Decreto Supremo N° 012-2013-RE, que ratifica el Convenio de Reconocimiento Mutuo de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior entre el Gobierno de la Republica del Perú y el Gobierno de la República de Cuba a aquellos profesionales con títulos en Doctor en Medicina otorgados a ciudadanos peruanos por las Universidades, Institutos Superiores, Institutos Superiores Politécnicos y las Escuelas Internacionales de nivel superior de la República de Cuba.
  • Decreto Supremo N° 003-2007-RE, que ratifica el Reconocimiento de Estudios, Grados Académicos y Títulos Universitarios entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Bolivia.
  • Decreto Supremo N° 024-1998-RE, que ratifica el Acuerdo de Reconocimiento de Títulos Universitarios entre la República del Perú y la República Argentina.
  • Decreto Supremo N° 064-2003-RE, que ratifica el Convenio de Cooperación y Mutuo Reconocimiento de Títulos Profesionales, Grados Académicos y Estudios Universitarios entre la República del Perú y la República de Ecuador.

EL TÍTULO DEBE ESTAR RECONOCIDO Y REGISTRADO EN LA SUNEDU Y EL COLEGIO MÉDICO DEL PERÚ.

Aprobar los cinco criterios expuestos, debiendo la Presidencia del Jurado de Admisión oficiar a los presidentes de los Equipos de Trabajo, para su ejecución.  Descargar

Aprobar la relación de médicos cirujanos inhabilitados a participar en el Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2020, al encontrarse vigente la sanción administrativa impuesta, debiendo la Presidencia del Jurado de Admisión oficiar a los presidentes de los Equipos de Trabajo, para su ejecución.

Aprobar la relación de médicos cirujanos habilitados a participar en el Concurso Nacional de Admisión al Residentado Medico 2020, al no encontrarse vigente la sanción administrativa impuesta, debiendo la Presidencia del Jurado de Admisión oficiar a los presidentes de los Equipos de Trabajo, para su ejecución.

Aprobar que en caso que un médico cirujano postulante por la vacante cautiva o destaque, que para efectos de su postulación en el Concurso Nacional de Admisión al Residentado Medico 2020, se encuentre incurso en sanción administrativa que suspenda las actividades como trabajador, servidor o funcionario de la institución pública o privada al cual tiene vínculo laboral (Decreto Legislativo N° 276 o 728) o se encuentre en proceso administrativo sancionador por la institución con la cual tiene vínculo laboral, y que al inicio de su formación, se ausente por tres días, se le aplicará lo establecido en las disposiciones contenidas en el Cronograma de Actividades al Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2020:
“**El estudiante que no se encuentre matriculado dentro de los plazos establecidos en el cronograma hasta el 30 de noviembre de 2020, no podrá presentarse a la sede docente; ante lo cual, la universidad le aplicará lo establecido en el segundo párrafo del artículo 35° del Reglamento de la Ley 30453, debiendo los matriculados presentarse a su sede docente el día 01 de diciembre, de no hacerlo injustificadamente en tres días, será considerado abandono y perderá su vacante, con arreglo a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 35° del Reglamento de la Ley 30453.”

Aprobar que para el Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2020, los médicos cirujanos postulantes a subespecialidades deben presentar la especialidad requisito, establecido por el CONAREME, bajo los alcances del Acuerdo N° 148-2008-CONAREME; una vez aprobado, se publicite en la página web del CONAREME. Descargar

Aprobar que la especialidad requisito para la subespecialidad de Cirugía de Tórax Oncológica es la especialidad de Cirugía de Tórax y Cardiovascular.

Aprobar que la especialidad requisito para la subespecialidad de Patología Oncológica es la especialidad de Anatomía Patológica.

Aprobar, la modificatoria de la Directiva de Seguridad en las Sedes del examen escrito, aprobada mediante el Acuerdo N° 05-JURADO DE ADMISION, en sesión del Jurado de Admision de fecha 13 de octubre de 2020, que se anexa a la presente acta.

Aprobar la modificatoria de la Directiva del Veedor, aprobada mediante el Acuerdo N° 03-JURADO DE ADMISION, en sesión del Jurado de Admision de fecha 13 de octubre de 2020, que se anexa a la presente acta.

Aprobar la Directiva del Representante de CONAREME, procediendo a comunicar a cada uno de los representantes designados y al Presidente del Equipo de Trabajo conformado.

Aprobar la Directiva del Veedor, procediendo a comunicar a cada uno de los veedores designados y al Presidente del Grupo de Trabajo conformados en las Sedes de rendición del examen escrito y adjudicación.

Precisar, que, para el caso de la Sede del examen escrito en la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco, el veedor, solo participa en la rendición del examen escrito, al no haber adjudicación de vacantes en el Proceso Electrónico.

Aprobar la Directiva de Seguridad en las Sedes del Examen Escrito, procediendo a comunicar a cada uno de los veedores designados y al Presidente del Grupo de Trabajo conformado.

 Aprobar que el médico cirujano David Erasmo Vásquez Rodríguez, se encuentra habilitado a participar en el Concurso Nacional de Admisión al Residentado Medico 2020, al no encontrarse vigente la sanción administrativa impuesta. Debiendo la Presidencia del Jurado de Admisión oficiar al Comité Directivo del CONAREME, para que a través de la Secretaria Técnica adopten las acciones correspondientes, los presidentes de los Equipos de Trabajo, para su ejecución.

Claves del Examen de admisión