Admisión
2023

Aquí encontrarás toda la información relacionada al Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023.

Cronograma de actividades

Modificado el 5 de junio de 2023.

Disposiciones Complementarias

Modificado el 5 de junio de 2023.

Directiva de verificación documentaria

Aprobado el 15 de junio de 2023.

Tutoriales

Registro de datos en el Sigesin

Verificación Documentaria

Presentación de reclamos en Sigesin

Ver sede y aula de examen

Llenado de hoja de identificación y respuestas

Calificación, examen y adjudicación

Calificación de los postulantes y relación de los postulantes con expedientes observados - Proceso Electrónico ante CONAREME

Relación de postulantes aptos para rendir el examen de admisión 2023

Resultados de calificación - Proceso ante la Universidad

Resultados de calificación - Proceso Electrónico ante CONAREME

Relación de aptos

Relación de vacantes

Relación de ingresantes - Adjudicación Complementaria Nacional

Relación final de ingresantes - Concurso Nacional de Admisión 2023

Preguntas frecuentes

Acuerdos del Jurado de Admisión

Claves del Examen

ADMISIÓN 2023

Preguntas Frecuentes

Conoce más detalles sobre el Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023

Para el presente Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023, a través del proceso electrónico participarán las siguientes especialidades: Medicina Familiar y Comunitaria, Genética Médica, Medicina Nuclear, Medicina Legal, Neonatología, Medicina del Deporte, Inmunología y Alergia, Radioterapia, Pediatría, Medicina de Enfermedades Infecciosas y Tropicales, Cirugía de Cabeza, Cuello y Maxilofacial, Medicina Ocupacional y del Medio Ambiente, Hematología, Anatomía Patológica, Cirugía Pediátrica, Reumatología, Cirugía de Tórax y Cardiovascular y todas las Subespecialidades (Artículo 2° inciso 2.1 de las Disposiciones Complementarias 2023).

No, una vez adjudicada la vacante, no está permitido el cambio de especialidad, sede docente, ni modalidad de postulación. (Artículo 2° inciso 2.3 de las Disposiciones complementarias 2023).

Si, debe presentar una Declaración Jurada con firma legalizada de Compromiso de renuncia al cargo que viene ejerciendo (como Médico Cirujano Nivel 1). (Artículo 2° inciso 2.4 de las Disposiciones Complementarias 2023)

No, solo está autorizado a postular y adjudicar aquel médico nombrado en regiones en sedes del Ministerio de Salud en Lima Metropolitana (Autorización Anexo 4B) (Artículo 17° letra C de la Ley N° 30453); no puede postular ni adjudicar vacante de otra Región.

El postulante en el proceso ante la Universidad debe realizar el pago ante banco, agente y/o transferencia por el APP del Banco Scotiabank a la cuenta recaudadora de CONAREME (EXUN 2022); el importe de S/ 368.00 (Trescientos sesenta y ocho con 00/100 soles). Consignando nombres y apellidos completos y número de documento de identidad (DNI) (Artículo 3° inciso 3.2 de las Disposiciones Complementarias 2022).

El postulante del Proceso Electrónico deberá realizar un único pago ante el banco, agente y/o transferencia por APP del Banco Scotiabank a la cuenta recaudadora de CONAREME: “EXUN 2023”; el importe de S/ 1,096.00 (Mil noventa y seis y 00/100 soles); consignando sus nombres y apellidos completos y número de documento oficial de identidad (Artículo 3° inciso 3.3 de las Disposiciones Complementarias 2023).

No, los datos registrados en el SIGESIN no podrán ser modificados por ningún motivo al finalizar el registro, es responsabilidad del postulante la información que registra. (Artículo 3° inciso 3.5 de las Disposiciones Complementarias 2023).

– Proceso Electrónico, la fecha límite para el pago 17 julio 2023 a las 18:00 horas y para la inscripción 18 julio 2023 hasta las 23:59 horas.

– Proceso ante las Universidades, la fecha límite para el pago 17 julio 2023 a las 18:00 horas y para la inscripción 18 julio 2023 hasta las 23:59 horas. (Artículo 3° inciso 3.5 de las Disposiciones Complementarias 2023).

No, este año no habrá puntaje mínimo. (Artículo 6° de las Disposiciones Complementarias 2023).

No, Este documento debe tener una antigüedad no mayor de 3 meses al momento de la postulación. (Artículo 3 inciso 3.10 de las Disposiciones complementarias 2023).

No es requerido (Artículo 3 de las Disposiciones Complementarias 2023).

No, los documentos emitidos por la Universidad, no tienen caducidad. (Artículo 3 de las Disposiciones Complementarias 2023).

Sí, debiendo presentar un Informe Médico expedido por un Hospital Nacional de haber superado la enfermedad e incapacidad física que limite la formación especializada, de no hacerlo no podrán postular. (Artículo 3° inciso 3.11 de las Disposiciones complementarias 2023).

No, solo es válido aquella Constancia de trabajo como médico cirujano, en el caso de tener dos o más años en el primer nivel de atención de un establecimiento de salud del sector público, emitida por la autoridad correspondiente. (Artículo 3° inciso 3.15 de las Disposiciones complementarias 2023).

No, los postulantes a la vacante por modalidad Libre, que hayan culminado sus estudios de Residentado Médico, bajo cualquier modalidad, deberán acreditar el ejercicio profesional de tres (3) años en la especialidad de egreso, a la fecha de inscripción para el Concurso Nacional, conforme al Cronograma de Actividades, para acceder a postular a otra especialidad. (Artículo 3° inciso 3.18 de las Disposiciones Complementarias 2023).

Si, con la presentación de la constancia de egresado, que deberá coincidir con los estudios de la especialidad base correspondiente. Los médicos postulantes que hayan egresado de una especialidad con anterioridad al año 2023 y que decidan postular a una subespecialidad, necesariamente tendrán que presentar a la universidad a la que se presenten, el título de la especialidad requisito requerido. (Artículo 3° inciso 3.19 de las Disposiciones Complementarias 2023).

El médico residente que haga abandono o renuncie a la vacante con posterioridad al 30 de setiembre de 2023, fecha de cierre del Concurso Nacional, se le aplicará lo regulado en el artículo 51° del Decreto Supremo N° 007-2017-SA Reglamento de la Ley N° 30453. (Artículo 3° inciso 3.20 de las Disposiciones Complementarias 2023). 3.20 de las Disposiciones Complementarias 2023).

Los reclamos correspondientes a la calificación de la evaluación curricular y único momento de reclamo en el marco legal del Concurso Nacional, son presentado según proceso: a) Proceso Electrónico (expediente electrónico), son presentados ante el Jurado de Admisión a través del SIGESIN (accediendo con el usuario y contraseña que figura en su constancia de inscripción), del miércoles 16 al jueves 17 de agosto 2023. b) Proceso ante las Universidades, son presentados ante el Equipo de Trabajo de la universidad a la que postula, del miércoles 16 al jueves 17 de agosto 2023. (Artículo 4° inciso 4.9 de las Disposiciones Complementarias 2023).

Sí, acreditando el Certificado C4, (formato de inscripción en la RENIEC, que debe contar con el rostro del postulante).

El Proceso ante la Universidad se adjudicará los días martes 5 y miércoles 6 de setiembre de 2023; en el caso del Proceso Electrónico se adjudicará el día jueves 7 se setiembre 2023, las que serán entregadas en acto público, en estricto orden de mérito, por especialidad o subespecialidad y de acuerdo con la modalidad de postulación de cada postulante y conforme al proceso en el que ha participado. (Artículo 6° inciso 6.2 e inciso 6.3 de las Disposiciones complementarias 2023).

Sí, puede un familiar o un tercero, realizar representación legal autorizado con carta poder notarial especificando la actividad de representación (adjudicación de vacante) (Artículo 6° inciso 6.5.3 de las Disposiciones Complementarias 2023).

No, una vez adjudicada la vacante, si renuncia pierde toda opción de adjudicación (Adjudicación Complementaria Nacional) (Artículo 6 inciso 6.5.4 de las Disposiciones complementarias 2023).

El Examen Escrito se realizará el domingo 03 de setiembre de 2023.

Para saber el tipo de examen escrito para una subespecialidad, debe revisar el Anexo 8, que se encuentra en la página 23 de las Disposiciones Complementarias 2023. Ahí está especificado el tipo de examen que se tomará a cada subespecialidad.

Sí, los títulos emitidos en el extranjero deben de estar apostillados y legalizados para presentarlos como requisito para la postulación al Concurso Nacional de Admisión al Residentado Medico.

No, la constancia de ENAM no tiene una vigencia de validez.

El Jurado de Admisión o el Equipo de Trabajo, lo separará dependiendo al proceso al cual postule; en cualquier etapa en el que se encuentre, inclusive si se detectara una vez iniciado sus estudios de Residentado Médico, se declarará la nulidad de la adjudicación.

Acuerdo del Jurado de Admisión

Aprobar por Unanimidad, el Consolidado de especialidades requisito para el Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023. (ver Cuadro Consolidado).

Aprobar el listado de Documentos y los Criterios expuestos y encargar a la Secretaría Técnica del Comité Directivo del CONAREME en proceder a la correspondiente publicación en la página web (Acuerdo de Jurado de Admisión) del acuerdo adoptado; éstos deben ser incorporados al SIGESIN. Así también, se remita a los presidentes de los Equipos de Trabajo conformados para su aplicación con motivo del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023 a fin de ser aplicados por los Equipos de Trabajo conformados para el Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023.(ver Criterios)

Aprobar la aclaración el numeral 3.18 del artículo 3° de las Disposiciones Complementarias al Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023, el cual se tiene precisado bajo el siguiente texto:


“Los postulantes a la vacante por modalidad Libre, que hayan culminado sus estudios de Residentado Médico, bajo la modalidad libre, deberán acreditar el ejercicio profesional de tres (3) años en la especialidad de egreso, a la fecha de inscripción para el Concurso Nacional, conforme a su Cronograma de Actividades, para acceder a postular a otra especialidad.”

Aprobar por unanimidad, las Sedes para rendir el EXUN 2023 Proceso Electrónico de CONAREME como sigue:


• Lima: URP
• Sur: UCSM
• Norte: UPAO

Aprobar que, en caso los médicos cirujanos postulantes, realicen erróneamente el depósito bancario en la cuenta recaudadora del CONAREME, se realizará la devolución de lo depositado, descontando los gastos administrativos, del 0.8% del valor de la Unidad Impositiva Tributaria, cuyo importe es de: S/. 39.60, determinado en la Tabla de Costos; siempre y cuando, el médico cirujano postulante, no haya hecho uso del Sistema de la Gestión de la Información del SINAREME (SIGESIN).

Aprobar que, en caso los médicos cirujanos postulantes, realicen el depósito bancario en la cuenta recaudadora del CONAREME (Proceso ante la Universidad o Proceso Electrónico de CONAREME), y no culminaron su registro o inscripción, o habiendo culminado no continúan en todas las etapas del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023, e hicieron el uso del Sistema de la Gestión de la Información del SINAREME (SIGESIN), para efectos de su registro de datos o su inscripción al Concurso Nacional 2023; en estos casos, no se realizará devolución de dinero al médico cirujano postulante, al haberse utilizado el sistema informático del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico

Aprobar la Directiva del Proceso Electrónico del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023, para ser aplicada por el Equipo de Trabajo del Proceso Electrónico; autorizando a la Secretaría Técnica del Comité Directivo del CONAREME la correspondiente publicación. (ver Criterios)

Aprobar la Directiva de Seguridad en las Sedes del Examen Escrito del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023, para ser cumplida por los Grupos de Trabajo conformados en las sedes universitarias de rendición del examen escrito, bajo responsabilidad.(ver Documento).

Corresponde aplicar por este Jurado de Admisión del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023, para el caso del Médico Cirujano Wilson Michel Mendoza Calienes, DNI 41948218, la aplicación de los alcances del numeral 48.1 del artículo 48° de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y el numeral 51.1 del artículo 51° del Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP, Reglamento de la Ley N° 29973, el cual se entiende aplicar solo en favor del citado médico cirujano un 15% de su puntaje final en la etapa de evaluación; conforme lo dispuesto por el Cuarto Juzgado Constitucional de Lima.

Debiéndose aplicar el 15% del puntaje final del proceso o etapa de evaluación, lo que correspondería aplicársele en el puntaje final obtenido de la evaluación curricular y el examen escrito.

Por ello, se acuerda que una vez obtenido el puntaje final este Jurado de Admisión del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023, establecerá la aplicación del 15% sobre el puntaje obtenido por el citado médico cirujano, publicando los resultados conjuntamente con la relación de resultados del examen escrito y evaluación curricular de los médicos cirujanos postulantes.

Así también, resulta necesario establecer que es responsabilidad del postulante la especialidad o subespecialidad a elegir que permitan cumplir con el programa de formación en el campo clínico de la sede docente de adjudicación de la vacante.

Se aprueba la restricción en el sistema informático del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023- SIGESIN de la oferta y adjudicación de las siguientes vacantes en el presente Concurso Nacional 2023, al no estar priorizadas con arreglo del numeral 3 del artículo 14° de la Ley N° 30453, Ley del Sistema Nacional de Residentado Médico, las siguientes especialidades:

– Gobierno Regional de Ica: Especialidad de Patología Clínica (1 vacante).
– Gobierno Regional de Junín: Especialidad de Gastroenterología (2 vacantes); especialidad de Neonatología (1 vacante);
especialidad de Ortopedia y Traumatología (1 vacante).
– Gobierno Regional de Piura: Especialidad de Med. Familiar y Comunitaria (8 vacantes).
– Gobierno Regional de San Martin: Especialidad de Pediatría (1 vacante).

Aprobar para el caso de la médico cirujano Shirley Pamela Lisbeth Avalos Sanchez, debe remitirse la información y los alcances del presente Acuerdo al Equipo de Trabajo del Proceso Electrónico de CONAREME; considerando la calificación como observado insubsanable (criterios aprobados por el Jurado de Admisión) al no cumplir con el requisito para acceder a una plaza cautiva PNP, de ser médica cirujana en calidad de Oficial de Servicio PNP efectivos, asimilada o nombrada o contratada a plazo indeterminado y de acuerdo a los alcances del Oficio N° 299-2023-DIRSAPOL/OFAD-AREGEPSP.ED, así como no haber presentado el documento de Autorización por la PNP.(ver Documento)

Aprobar para el caso del médico cirujano Nelson Darwin Alcántara Yarleque, debe remitirse la información y los alcances del presente Acuerdo al Equipo de Trabajo de la Universidad UNMSM, en el Proceso ante las Universidades; considerando la calificación como observado insubsanable (criterios aprobados por el Jurado de Admisión) al no cumplir con el requisito para acceder a una plaza cautiva PNP, de ser médico cirujano en calidad de Oficial de Servicio PNP efectivo, asimilado, nombrado o contratado a plazo indeterminado y de acuerdo a los alcances del Oficio N° 299-2023-DIRSAPOL/OFAD-AREGEPSP.ED, así como no haber presentado el documento de Autorización por la PNP.(ver Documento)

Aprobar para el caso del médico cirujano Jaime Orlando Paredes Salas, postulante a la subespecialidad de ginecología oncológica, que no tiene vínculo laboral con EsSalud; debiendo el Equipo de Trabajo del Proceso Electrónico del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023, en la calificación del expediente de postulación establecer su observación insubsanable al no acreditar vínculo laboral con EsSalud de acuerdo a los alcances del Oficio N° 591-GCGP-ESSALUD-2023, que en la revisión se debe precisar no haber presentado el documento de Autorización por EsSalud.

Aprobar para el caso de la médico cirujano Virginia Yessica Barreto Villena, hacer de conocimiento al Equipo de Trabajo de la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco del Proceso ante la Universidad del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023, que la citada postulante a la especialidad de radiología no tiene vínculo laboral con EsSalud; debiendo en la calificación del expediente de postulación establecer su observación insubsanable al no acreditar vínculo laboral con EsSalud de acuerdo a los alcances del Oficio N° 591-GCGP-ESSALUD-2023, que en la revisión se debe precisar no haber presentado el documento de Autorización por EsSalud.

Aprobar para el caso del médico cirujano Juan Nilo Pillaca Rojas, hacer de conocimiento al Equipo de Trabajo de la Universidad San Martin de Porres del Proceso ante la Universidad del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023 que el citado postulante a la especialidad de gastroenterología no tiene vínculo laboral con EsSalud, tiene vinculo contractual como CAS (no cumple con las Disposiciones Complementarias – no cuenta con contrato a plazo indeterminado); debiendo en la calificación del expediente de postulación establecer su observación insubsanable al no acreditar vínculo laboral con EsSalud de acuerdo a los alcances del Oficio N° 591-GCGP-ESSALUD-2023.

Aprobar para el caso de la médico cirujano Cristina Diaz Gio, hacer de conocimiento al Equipo de Trabajo de la Universidad Ricardo Palma del Proceso ante la Universidad del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023, que la citada postulante a la especialidad de cirugía oncológica no tiene vínculo laboral con EsSalud, tiene vinculo contractual como CAS (no cumple con las Disposiciones Complementarias – no cuenta con contrato a plazo indeterminado); debiendo en la calificación del expediente de postulación establecer su observación insubsanable al no acreditar vínculo laboral con EsSalud de acuerdo a los alcances del Oficio N° 591-GCGP-ESSALUD-2023.

Aprobar encargar al Secretario Técnico del Comité Directivo del CONAREME, remita a los Equipos de Trabajo conformados en las Universidades para el Proceso ante la Universidad y el Equipo de Trabajo para el Proceso Electrónico, haga de conocimiento el listado correspondiente de cada uno de los médicos cirujanos observados, en los acuerdos Nº 45, 46, 47 y 48 del Jurado de Admisión 2023, precedentes, con la finalidad de calificar el expediente de postulación de los citados médicos cirujanos, como observados insubsanables, al no acreditar vínculo laboral con EsSalud de acuerdo a los alcances del Oficio N° 591-GCGP-ESSALUD-2023.

Aprobar que el listado de los 178 Médicos cirujanos, remitido en el Oficio N° 591-GCGP-ESSALUD-2023, (Anexo “A”), que mantienen vínculo laboral con EsSalud, sea remitido a los Equipos de Trabajo conformados, para que en caso de que los médicos cirujanos continúen en las etapas del Concurso Nacional, como la etapa de adjudicación de vacantes, solo se permita la adjudicación de vacantes de acuerdo con el orden de mérito obtenido a las vacantes de la modalidad libre de las otras instituciones prestadoras de servicios de salud, con excepción de EsSalud.

Aprobar encargar al Secretario Técnico del Comité Directivo del CONAREME realizar las acciones de coordinación con el responsable del SIGESIN, para que se restringa el acceso a las vacantes libres de EsSalud a los médicos cirujanos del Anexo “A” en concordancia con el Acuerdo Nº 050-JURADO DE ADMISÓN-2023.

Aprobar para el caso de la observación: “ENFERMERA R.L. 728”; los Equipos de Trabajo conformados, deben de calificar los expedientes de postulación de los médicos cirujanos observados, el cual debe contar con la presentación del Título de Médico Cirujano para su postulación; caso contrario, deberá ser calificado como observado insubsanable al no contar con el citado documento requisito.
(ver Documento Acuerdo N° 045 – 052 )

Aprobar encargar al Secretario Técnico del Comité Directivo del CONAREME, remita al Equipo de Trabajo conformado en la Universidad Privada Antenor Orrego, la información contenida en el Oficio N° 002072-2023-GRLL-GGR-GRS y calificar el expediente de postulación del médico cirujano EDWING SAUL AZABACHE VÁSQUEZ, ante la observación de no haber recogido el Anexo 4-A, que establece la autorización a postular a las sedes docentes del Ministerio de Salud en Lima Metropolitana; que en caso de no haberlo presentado, calificar como observación insubsanable y comunicar al citado médico postulante. (ver Documento)

Aprobar encargar al Secretario Técnico del Comité Directivo del CONAREME, remita al Equipo de Trabajo de la Universidad Privada Antenor Orrego, la restricción a la postulación del MC. LAURE VELASQUEZ JOSE LUIS a la plaza cautiva de Ginecología y obstetricia, según la información contenida en el Oficio N° 1841-2023-GRA-GRDS-DIRES-A-DEA/OGDPH/UCAP-CONV.SED.DOC que no considera al mencionado médico cirujano, con autorización para postular a vacante cautiva del Gobierno Regional de Ancash. (ver Documento)

Aprobar como equivalentes el título universitario obtenido de aquellos médicos cirujanos postulantes nacionales o extranjeros con la denominación de “Médico cirujano”, con motivo de acuerdos, tratados y convenios bilaterales, celebrados por el Perú con otros países:

• Decreto Supremo N° 012-2013-RE, que ratifica el Convenio de Reconocimiento Mutuo de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior entre el Gobierno de la Republica del Perú y el Gobierno de la República de Cuba a aquellos profesionales con títulos en Doctor en Medicina otorgados a ciudadanos peruanos por las Universidades, Institutos Superiores, Institutos Superiores Politécnicos y las Escuelas Internacionales de nivel superior de la República de Cuba.
• Decreto Supremo N° 003-2007-RE, que ratifica el Reconocimiento de Estudios, Grados Académicos y Títulos Universitarios entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Bolivia.
• Decreto Supremo N° 024-1998-RE, que ratifica el Acuerdo de Reconocimiento de Títulos Universitarios entre la República del Perú y la República Argentina.
• Decreto Supremo N° 064-2003-RE, que ratifica el Convenio de Cooperación y Mutuo Reconocimiento de Títulos Profesionales, Grados Académicos y Estudios Universitarios entre la República del Perú y la República de Ecuador.
• EL TÍTULO DEBE ESTAR RECONOCIDO Y REGISTRADO EN LA SUNEDU, ASÍ COMO EL COLEGIO MÉDICO DEL PERÚ.

Aprobar para el caso de la médico cirujano Claudia Sofia Hernández Cornejo, cuenta con una sanción judicial de INHABILITACION impuesta y vigente de acuerdo a los alcances de la Resolución emitida por el Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, puesto a conocimiento en el Oficio N° D002063-2023-OGGRH-MINSA, no pudiendo adjudicar vacante en la modalidad libre de una Entidad Pública. En ese sentido, se remite la información y los alcances del presente Acuerdo del Jurado al Equipo de Trabajo de la Universidad Peruana Cayetano Heredia en el Proceso ante las Universidades, quien deberá hacer de conocimiento a la citada postulante, que solo puede acceder a vacante de aquellas instituciones privadas que oferten vacantes en la modalidad libre. (ver Documento)

Aprobar la relación sedes de rendición del examen escrito del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023:

Postulante a:Sede del Examen
1Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM)SEDE: UNMSM
Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC)Av. Grau N° 755 Lima Cercado (Frente al Hospital Guillermo Almenara Irigoyen)
2Universidad Ricardo Palma (URP)SEDE: URP
Universidad Privada San Juan Bautista (UPSJB)Av. Benavides N° 5440 – Santigo de Surco
Postulantes al Proceso Electrónico (LIMA) 
3Universidad Privada Antenor Orrego (UPAO)SEDE: UPAO
Universidad César Vallejo (UCV)Av. América Sur N° 3145 con Prolongación César Vallejo – Urb. Monserrate – Trujillo
Postulantes al Proceso Electrónico (NORTE) 
4Universidad Católica Santa María (UCSM)SEDE: UCSM
Postulantes al Proceso Electrónico (SUR)Urb. San José S/N, Umacollo – Arequipa (Campus Universitario, ingreso por la Puerta de San Juan)
5Universidad Nacional Federico Villarreal (UNFV)SEDE: UNFV
Av. Nicolás de Piérola N° 351 – Lima
6Universidad Peruana Cayetano Heredia (UPCH)SEDE: UPCH
Av. Honorio Delgado N° 430 Urb. Ingeniería, San Martin de Porres
7Universidad San Martin de Porres (USMP)SEDE: USMP
Jr. Las Calandrias 151 -291, Santa Anita 
8Universidad Nacional de Piura (UNP)SEDE: UNP
Urb. Miraflores S/N, Castilla – Piura
9Universidad Nacional de Trujillo (UNT)SEDE: UNT
Av. Salaverry N° 545, Trujillo (Facultad de Medicina)
10Universidad Nacional San Agustín de Arequipa (UNSA)SEDE: UNSA
Av. Virgen del Pilar N° 1713, Arequipa (Ingreso Puerta 1 – Área de Biomédicas)
11Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco (UNSAAC)SEDE: UNSAAC
Av. Víctor Raúl Haya de la Torre S/N – Cusco (Puerta N° 01), Ref. Frente a la puerta de emergencia del Hospital Regional de Cusco
12Universidad Nacional del Centro del Perú (UNCP)SEDE: UNCP
Av. Mariscal Castilla N° 3909, El Tambo – Huancayo
13Universidad Nacional de la Amazonía Peruana (UNAP)SEDE: UNAP
Av. Colonial con Moronillo S/N Iquitos (Punchana)
14Universidad Nacional del Altiplano (UNA)SEDE: UNA
Av. Sesquicentenario N° 1150, Puno (Ciudad Universitaria – Facultad de Medicina Humana)
15Universidad Privada de Tacna (UPT)SEDE: UPT
Campus Capanique S/N – Av. Jorge Basadre Grohman S/N Pocollay – Tacna (Facultad de Ciencias de la Salud)
16Universidad Peruana Los Andes (UPLA)SEDE: UPLA
Jr. Ciro Alegría N° 215, Urb. Chorrillos – Huancayo – Junín (Campus Universitario)
17Universidad Nacional de Cajamarca (UNC)SEDE: UNC
Av. Atahualpa N° 1050, Edificio 8 – Cajamarca (Facultad de Medicina)
18Universidad Científica del Sur (UCSUR)SEDE: UCSUR
Carretera Panamericana Sur Km. 19, Villa El Salvador – Villa 2

Aprobar el horario de ingreso a las Sedes de rendición del examen escrito del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2023; el cual, será desde las 06:00 horas hasta las 09:15 horas en que se cerrarán indefectiblemente las puertas de ingreso a las sedes. El horario de ingreso podrá ser variado por el Grupo de Trabajo de las Sedes de acuerdo con el número de postulantes; esta variación no afectará el horario de cierre de puertas señalado.

Aprobar el inicio y termino del examen escrito de especialidades y subespecialidades, como se detalla:

– El Examen de Especialidades, parte “A”: inicia a las 10:00 horas y termina a las 12:00 horas
– El Examen de Subespecialidades: inicia a las 10:00 horas y termina a las 12:00 horas
– El Examen de Especialidades, parte “B”: inicia a las 13:00 horas y termina a las 15:00 horas
Así también, se tiene por aprobada la actividad del Veedor de CONAREME en cada Sede de rendición del Examen Escrito:
– El Veedor del CONAREME en cada Sede del Examen Escrito entregará el material debidamente embalado y lacrado EXCLUSIVAMENTE al Presidente del Grupo de Trabajo de cada sede, firmándose el acta de entrega y conformidad correspondiente a horas 08:00 horas del día del Examen Escrito.

Aprobar las siguientes disposiciones una vez finalizado el examen escrito en cada una de las sedes de rendición del examen:

1. Los postulantes a especialidades sólo al término del examen parte B, así como al término del examen de subespecialidades, podrán llevarse consigo el cuadernillo de examen.
2. Ningún postulante podrá retirarse de la sede de examen antes de la hora precisada anteriormente, en caso excepcional de retiro antes del término de la prueba, el postulante no se llevará el cuadernillo de examen.
3. Una vez finalizada la parte B de la prueba escrita de especialidades, el Veedor de CONAREME y el Grupo de trabajo de la Sede de examen, llevarán a cabo la lectura de las hojas de identificación y respuestas, en el siguiente orden:
a. Prueba General Parte A.
b. Prueba General Parte B.
c. Subespecialidades.

Claves del Examen de admisión