Admisión
2022

Aquí encontrarás toda la información relacionada al Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2022.

Cronograma de actividades

Aprobado el 18 de abril de 2022.

Disposiciones Complementarias

Aprobado el 18 de marzo del 2022.

Tutoriales

Ver sede y aula de examen

Registro de datos en el Sigesin

Calificación, examen y adjudicación

Calificación de los postulantes y relación de los postulantes con expedientes observados - Proceso Electrónico ante CONAREME

Relación de postulantes aptos para rendir el examen de admisión 2022

Resultado final de las calificaciones del Concurso Nacional De Admisión al Residentado Médico

Relación de aptos

Relación de vacantes

Relación final de ingresantes - Concurso Nacional de Admisión 2022

Preguntas frecuentes

Acuerdos del Jurado de Admisión

Claves del Examen

ADMISIÓN 2022

Preguntas Frecuentes

Conoce más detalles sobre el Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2022

Para el presente Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2022, a través del proceso electrónico participarán las siguientes especialidades: Medicina Familiar y Comunitaria, Genética Médica, Medicina Nuclear, Medicina Legal, Neonatología, Medicina del Deporte, Inmunología y Alergia, Radioterapia, Pediatría, Medicina de Enfermedades Infecciosas y Tropicales, Cirugía de Cabeza, Cuello y Maxilofacial, Medicina Ocupacional y del Medio Ambiente, Hematología, Anatomía Patológica, Cirugía Pediátrica, Reumatología, Cirugía de Tórax y Cardiovascular y todas las Subespecialidades (Artículo 2° inciso 2.1 de las Disposiciones Complementarias 2022).

No, una vez adjudicada la vacante, no está permitido el cambio de especialidad, sede docente, ni modalidad de postulación. (Artículo 2° inciso 2.2 de las Disposiciones complementarias 2022).

Si, debe presentar una Declaración Jurada de Compromiso de renuncia al cargo que viene ejerciendo (como Médico Cirujano Nivel 1). (Artículo 2° inciso 2.3 de las Disposiciones Complementarias 2022).

No, solo está autorizado a postular y adjudicar aquel médico nombrado en regiones en sedes del Ministerio de Salud en Lima Metropolitana (Autorización Anexo 4B) (Artículo 17° letra C de la Ley N° 30453); no puede postular ni adjudicar vacante de otra Región.

El postulante en el proceso ante la Universidad debe realizar el pago ante banco, agente y/o transferencia por el APP del Banco Scotiabank a la cuenta recaudadora de CONAREME (EXUN 2022); el importe de S/ 368.00 (Trescientos sesenta y ocho con 00/100 soles). Consignando nombres y apellidos completos y número de documento de identidad (DNI) (Artículo 3° inciso 3.2 de las Disposiciones Complementarias 2022).

El postulante del Proceso Electrónico deberá realizar un único pago ante el banco, agente y/o transferencia por APP del Banco Scotiabank a la cuenta recaudadora de CONAREME (EXUN 2022 – PROC. ELECTR.) el importe de S/ 1,018.00 (Mil dieciocho y 00/100 soles); consignando sus nombres y apellidos completos y número de documento oficial de identidad (Artículo 3° inciso 3.3 de las Disposiciones Complementarias 2022).

No, los datos registrados en el SIGESIN no podrán ser modificados por ningún motivo al finalizar el registro, es responsabilidad del postulante la información que registra. (Artículo 3° inciso 3.5 de las Disposiciones Complementarias 2022).

Proceso Electrónico, la fecha límite para el pago 19 de mayo de 2022 y para la inscripción 20 de mayo de 2022. Proceso ante las Universidades, la fecha límite para el pago 19 de mayo de 2022 y para la inscripción 20 de mayo de 2022. (Artículo 3° inciso 3.5 de las Disposiciones Complementarias 2022).

Si, con la finalidad de acceder a adjudicar una vacante ofertada del Cuadro General de Vacantes, deben obtener nota mínima aprobatoria de sesenta (60.00) puntos en el puntaje final sobre un puntaje máximo de cien (100.00) puntos, que incluya los puntajes del examen escrito y de la evaluación curricular. (Artículo 9° de las Disposiciones Complementarias 2022).

No, estos documentos deben tener una antigüedad no mayor de 3 meses al momento de la postulación. (Artículo 3 inciso 3.10 de las Disposiciones complementarias 2022).

Sí, debiendo presentar un Informe Médico expedido por un Hospital Nacional de haber superado la enfermedad e incapacidad física que limite la formación especializada, de no hacerlo no podrán postular. (Artículo 3° inciso 3.11 de las Disposiciones complementarias 2022).

No, solo es válido aquella Constancia de trabajo como médico cirujano, en el caso de tener dos o más años en el primer nivel de atención de un establecimiento de salud del sector público, emitida por la autoridad correspondiente. (Artículo 3° inciso 3.15 de las Disposiciones complementarias 2022).

No, los postulantes a la vacante por modalidad Libre, que hayan culminado sus estudios de Residentado Médico, bajo cualquier modalidad, deberán acreditar el ejercicio profesional de tres (3) años en la especialidad de egreso, a la fecha de inscripción para el Concurso Nacional, conforme al Cronograma de Actividades, para acceder a postular a otra especialidad. (Artículo 3° inciso 3.18 de las Disposiciones Complementarias 2022).

Si, solo en el caso de obtener la constancia de egresado de la universidad, que deberá coincidir con los estudios de la especialidad base correspondiente. Y los médicos postulantes que hayan egresado de una especialidad con anterioridad al año 2022 y que decidan postular a una subespecialidad, necesariamente tendrán que presentar a la universidad a la que se presenten, el título de la especialidad requisito requerido. (Artículo 3° inciso 3.19 de las Disposiciones Complementarias 2022).

El médico residente que haga abandono o renuncie a la vacante con posterioridad al 30 de junio de 2022, fecha de cierre del Concurso Nacional, se le aplicará lo regulado en el artículo 51° del Decreto Supremo N° 007-2017-SA Reglamento de la Ley N° 30453. (Artículo 3° inciso 3.20 de las Disposiciones Complementarias 2022).

Los reclamos correspondientes a la calificación de la evaluación curricular y único momento de reclamo en el marco legal del Concurso Nacional, son presentado según proceso: Proceso Electrónico (expediente electrónico), son presentados ante el Jurado de Admisión a través del SIGESIN (accediendo con el usuario y contraseña que figura en su constancia de inscripción), del 31 de mayo, 01 y 02 de junio del 2022. Proceso ante las Universidades, son presentados ante el Equipo de Trabajo de la universidad a la que postula, del 31 de mayo, 01 y 02 de junio del 2022. (Artículo 4° inciso 4.3 de las Disposiciones Complementarias 2022).

Sí, acreditando el Certificado C4, (formato de inscripción en la RENIEC, que debe contar con el rostro del postulante).

Proceso ante la Universidad se adjudicará los días 14 y 15 de junio de 2022; en el caso del Proceso Electrónico se adjudicará el día 16 de junio en la Sede de rendición del examen escrito, las que serán entregadas en acto público, en estricto orden de mérito, por especialidad o subespecialidad y de acuerdo con la modalidad de postulación de cada postulante y conforme al proceso en el que ha participado. (Artículo 6° inciso 6.2 e inciso 6.3 de las Disposiciones complementarias 2022).

Sí, puede un familiar o un tercero, realizar representación legal autorizado con carta poder notarial especificando la actividad de representación (adjudicación de vacante) (Artículo 6° inciso 6.5.3 de las Disposiciones Complementarias 2022).

No, una vez adjudicada la vacante, si renuncia pierde toda opción de adjudicación (Adjudicación Complementaria Nacional) (Artículo 6 inciso 6.5.4 de las Disposiciones complementarias 2022).

No, porque no está Reglamentada la Ley N° 31129, que debe establecer la oportunidad del reconocimiento y otorgamiento correspondiente.

El Examen Escrito se realizará el domingo 12 de junio del 2022.

Para saber el tipo de examen escrito para una subespecialidad, debe revisar el cuadro que se encuentra en la página 22 de las Disposiciones Complementarias 2022. Ahí está especificado el tipo de examen que se tomará a cada subespecialidad.

Sí, los títulos emitidos en el extranjero deben de estar apostillados y legalizados para presentarlos como requisito para la postulación al Concurso Nacional de Admisión al Residentado Medico.

La estructura del Examen Escrito comprende doscientos (200) preguntas. (Acuerdo N° 040-CONAREME-2021-AG, Asamblea General Extraordinaria del Consejo Nacional de Admisión al Residentado Médico del 16 de abril de 2021).

No, la constancia de ENAM no tiene una vigencia de validez.

El Jurado de Admisión o el Equipo de Trabajo, lo separará dependiendo al proceso al cual postule; en cualquier etapa en el que se encuentre, inclusive si se detectara una vez iniciado sus estudios de Residentado Médico, se declarará la nulidad de la adjudicación.

Acuerdo del Jurado de Admisión

Aprobar la distribución de las sedes de rendición del examen escrito, de acuerdo con la universidad a la que postulen los mismos, de acuerdo con el cuadro que se adjunta. Aprobar la publicación de esta. En caso de los postulantes al proceso electrónico, los postulantes podrán escoger la sede de examen.(ver Cuadro Consolidado).

Aprobar por Unanimidad, el Consolidado de especialidades requisito para el Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2022. (ver Cuadro Consolidado).

Aprobar, que el médico cirujano postulante al Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2022, presentará el Certificado Médico de Salud Física y Certificado Médico de Salud Mental, expedido por establecimientos públicos del sector salud autorizados para tal fin; para el caso, de aquellas regiones, incluida Lima Metropolitana, en cuyos establecimientos públicos del sector salud, hayan restricciones en la consulta externa, el médico cirujano postulante, podrá presentar el Certificado Médico de Salud Física expedido por médico general, y el Certificado Médico de Salud Mental, expedido por médico especialista en Psiquiatría con registro nacional de especialista, ambos bajo el formato de Certificado Médico emitido por el Colegio Médico del Perú.

Aprobar el listado de Documentos y los Criterios expuestos y encargar a la Secretaría Técnica del Comité Directivo del CONAREME en proceder a la correspondiente publicación del acuerdo adoptado; así también, se remita a los presidentes de los Equipos de Trabajo conformados con motivo del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2022 a fin de ser aplicados por los Equipos de Trabajo conformados para el Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2022.(ver Documento).

Aprobar el Plan de Bioseguridad, el que revisado, ha de ser implementado en cada sede de la rendición del examen escrito para el Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2022.(ver Documento).

Aprobar que, en caso los médicos cirujanos postulantes, realicen erróneamente el depósito bancario en la cuenta recaudadora del CONAREME, se realizará la devolución de lo depositado, descontando los gastos administrativos, del 0.8% del valor de la Unidad Impositiva Tributaria, cuyo importe es de: S/. 36.80, determinado en la Tabla de Costos; siempre y cuando, el médico cirujano postulante, no haya hecho uso del sistema informático del Concurso Nacional SIGESIN (Sistema de la Gestión de la Información del SINAREME). Disponiéndose, se oficie a al CONAREME, para su ejecución.

Aprobar que, en caso los médicos cirujanos postulantes, realicen el depósito bancario en la cuenta recaudadora del CONAREME (Proceso ante la Universidad o Proceso Electrónico de CONAREME), y no culminaron su registro o inscripción, o habiendo culminado no continúan en todas las etapas del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2022, e hicieron el uso del sistema informático del Concurso Nacional SIGESIN (Sistema de la Gestión de la Información del SINAREME), para efectos de iniciar o culminar su registro de datos o su inscripción al Concurso Nacional 2022; en estos casos, no se realizará devolución de dinero al médico cirujano postulante, al haberse utilizado el sistema informático. Disponiéndose, se oficie a al CONAREME, para su ejecución.

 Aprobar las condiciones de identificación de los médicos cirujanos postulantes al momento de la inscripción, rendición del examen escrito en las Sedes del Examen escrito establecidas; así también, en las actividades para el momento de Adjudicación de vacantes al Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2022:

a) En el caso que el Documento Nacional de Identidad (DNI), se encuentre vencido, se ha establecido por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) a través de la Resolución Jefatural N° 000048-2022/JNAC/RENIEC, publicada el 30 de marzo 2022, se ha establecido que los documentos nacionales de identidad (DNI), que hayan caducado o estén por caducar, se mantengan vigentes excepcionalmente hasta el 30 de junio del 2022.
b) En el caso de médicos extranjeros, podrán identificarse mediante su Carnet de Extranjería y en caso tuvieran el Documento Nacional de Identidad (DNI) deberán hacerlo con el DNI.
c) El médico cirujano postulante deberá presentarse con el Documento Original (DNI) y se deberá verificar los datos consignados en las sedes establecidas y en aquellas que cuenten con Control Biométrico u otro sistema de identificación deberá emplearse dicho control para verificar la identidad.
d) En el caso de Documento Nacional de Identidad (DNI), se encuentre extraviado, el médico cirujano postulante, deberá acreditar al momento de su inscripción, o ante la Sede establecida el pago correspondiente por el derecho de duplicado de documento y el trámite ante RENIEC (vía electrónica o presencial) mediante ficha o impresión de la solicitud electrónica.
De ser viable, se podrá acreditar también con el Certificado C4, (formato de inscripción en la RENIEC, que debe contar con el rostro del postulante).
e) Encargar a la Secretaría Técnica la publicación del presente acuerdo, hacer de conocimiento de los Equipos de Trabajo conformados en las Universidades, del Equipo de Trabajo del Jurado de Admisión y a las Sedes de Examen establecidas, de lo dispuesto a través del presente numeral.

Aprobar la participación al Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2022, de aquellos médicos cirujanos postulantes, que han obtenido títulos otorgados a nacionales o extranjeros, equivalentes a médico cirujano, con motivo de acuerdos, tratados y convenios bilaterales, celebrados por el Perú con otros países, a propuesta de la asesoría legal:

• Decreto Supremo N° 012-2013-RE, que ratifica el Convenio de Reconocimiento Mutuo de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Cuba a aquellos profesionales con títulos en Doctor en Medicina otorgados a ciudadanos peruanos por las Universidades, Institutos Superiores, Institutos Superiores Politécnicos y las Escuelas Internacionales de nivel superior de la República de Cuba.
• Decreto Supremo N° 003-2007-RE, que ratifica el Reconocimiento de Estudios, Grados Académicos y Títulos Universitarios entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Bolivia.
• Decreto Supremo N° 024-1998-RE, que ratifica el Acuerdo de Reconocimiento de Títulos Universitarios entre la República del Perú y la República Argentina.
• Decreto Supremo N° 064-2003-RE, que ratifica el Convenio de Cooperación y Mutuo Reconocimiento de Títulos Profesionales, Grados Académicos y Estudios Universitarios entre la República del Perú y la República de Ecuador.


EL TÍTULO DEBE ESTAR RECONOCIDO Y REGISTRADO EN LA SUNEDU Y EL COLEGIO MÉDICO DEL PERÚ.


Encargar a la Secretaría Técnica la publicación del presente acuerdo, hacer de conocimiento de los Equipos de Trabajo conformados en las Universidades, del Equipo de Trabajo del Jurado de Admisión y a las Sedes de Examen establecidas, de lo dispuesto a través del presente numeral.

Claves del Examen de admisión